¿Qué son los auxilios de solidaridad?

Los Auxilios de solidaridad son ayudas económicas que benefician al bienestar de nuestros asociados. 

Importante: Todo asociado que incurra en falsedad de documentos que soporten la solicitud de cualquier auxilio será sancionado de acuerdo al estatuto y los reglamentos que expida la Cooperativa de ahorro y crédito COOTRAPELDAR. 

Ten presente que los Auxilios de solidaridad están sujetos a un fondo, por lo tanto, estarán disponibles hasta que se agoten los recursos.

 

IMPORTANTE:

Ya puedes radicar tus auxilios a través de nuestra Sucursal Online

 

Solicita Tus Auxilios

  • Auxilio odontológico

  • Auxilio para gafas y lentes

  • Auxilio de cuotas moderadas

  • Auxilio para plan exequial

  • Auxilio hospitalización

  • Auxilio de enfermedad terminal

Auxilio odontológico

(El asociado tendrá derecho a solicitar este auxilio cada 2 años)


Para acceder a este auxilio se debe contar con: 

  1. Presentar la factura electrónica expedida por el Odontólogo tratante, la cual deberá cumplir con los requisitos establecidos por la DIAN.
  2. En caso de que el Odontólogo tratante no esté obligado a expedir factura, se debe anexar documento equivalente y la copia del RUT del Odontólogo que realizó el tratamiento.

Ten en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • No haber hecho uso del auxilio odontológico en los dos (2) años anteriores a la fecha de la solicitud del mismo.
  • Presentar la solicitud del auxilio odontológico en un plazo máximo de ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de la fecha de expedición de la factura o documento equivalente del tratamiento odontológico.

 

Valor del Auxilio según la antigüedad del asociado

2 a 5 años $ 146.150
5 a 8 años $ 219.250
De 8 años en adelante $ 292.300

 

 

 

Auxilio para gafas y lentes

(El asociado tendrá derecho a solicitar este auxilio cada 2 años)


Para acceder a este auxilio se debe presentar:

 

  1. Presentar la fórmula expedida por el Optómetra u Oftalmólogo elegido por el asociado.
  2. Presentar la factura electrónica de compra de gafas o lentes debidamente cancelada, la cual deberá cumplir con los requisitos establecidos por la DIAN.
  3. En caso de que el Optómetra u Oftalmólogo no esté obligado a expedir factura, se debe anexar documento equivalente y la copia del RUT del Optómetra u Oftalmólogo.

Ten en cuenta las siguientes recomendaciones:

 

  • No haber hecho uso del auxilio de gafas o lentes en los dos (2) años anteriores a la fecha de la solicitud del mismo.
  • Presentar la solicitud del auxilio de gafas o lentes en un plazo máximo de ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de la fecha de expedición de la factura o documento equivalente del año vigente. 

 

 

Valor del Auxilio según la antigüedad del asociado

2 a 5 años  $103.200  
5 a 8 años $154.800
De 8 años en adelante $206.400

Auxilio de cuotas moderadas

Auxilio de cuotas moderadas


 

Para acceder a este auxilio se debe contar con: 

 

  1. Comprobante original del pago expedido por la EPS o medicina prepagada o los prestadores de servicio a usuarios de la misma con destino al asociado que debe contener:
  • Fecha de atención.
  • No. de documento de identidad preferiblemente.
  • Nombres y apellidos del asociado.
  • Valor cancelado por concepto de cuota moderadora o copago preferiblemente.

 

Ten en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • COOTRAPELDAR asumirá el 100% del valor de la cuota moderadora 
  • El límite máximo de las cuotas moderadoras será de acuerdo al ingreso del asociado.
    • Categoría A = Hasta 10 Cuotas
    • Categoría B = Hasta 5 cuotas
    • Categoría C = Hasta 2 cuotas
    • Y un monto máximo de hasta (2.5) SMDLV durante la vigencia para este auxilio.
  • El comprobante no debe ser mayor a los ciento ochenta (180) días calendario de expedición por parte de la EPS
  • Nota: Cuando cambie de categoría se aplicará el valor que corresponda.
  • Las cuotas moderadoras del plan obligatorio de salud solo se cancelarán con base en los montos establecidos por el Gobierno Nacional.
  • Las cuotas moderadoras  se pagaran por el 100% del valor de la factura sin que supere el monto máximo para la vigencia.

 

 

 

Auxilio para plan exequial

El monto del auxilio será determinado de acuerdo al contrato suscrito con la entidad prestadora.


  • Para acceder al auxilio el asociado debe encontrarse afiliado a la póliza exequial con la entidad con la cual COOTRAPELDAR posee convenio.
  • Tener por lo menos dos (2) años de antigüedad como asociado de COOTRAPELDAR y a partir de la siguiente vigencia del plan de previsión exequial.
  • Vigencia: A partir del Primero (1) de enero o a partir del quinto (5) día hábil después de celebrada la Asamblea General Ordinaria de Delegados dependiendo de los recursos disponibles para el otorgamiento del auxilio y hasta agotar recursos. 

 

 

Auxilio hospitalización

Uno de los principios fundamentales de la Cooperativa es la solidaridad, por esta razón, para acceder a estos beneficios el asociado debe cumplir con los siguientes requisitos


Requisitos

  • Certificación en la cual se acredite la fecha de ingreso y egreso expedida por la institución de salud prestadora del servicio.
  • En caso de no presentar la certificación, se puede presentar la historia clínica o epicrisis donde se acredite la fecha de ingreso y egreso y firmar la constancia donde el asociado certifica que voluntariamente presenta dicho documento a COOTRAPELDAR para efectos de estudio de la solicitud de auxilio.
  • Cubre desde la primera (1) noche y hasta tres (3) noches de hospitalización por asociado por un único evento durante la vigencia.
  • Presentar la solicitud del auxilio de hospitalización en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, contados a partir del día hábil siguiente en que el asociado es dado de alta.
   

Valor del Auxilio según la antigüedad del asociado

2 a 5 años   $ 47.450
por noche
5 a 8 años $ 71.200
por noche
De 8 años en adelante $ 94.900
por noche

Auxilio de enfermedad terminal

Uno de los principios fundamentales de la Cooperativa es la solidaridad, por esta razón, para acceder a estos beneficios el asociado debe cumplir con los siguientes requisitos


Requisitos

 

  • Presentar historia clínica o epicrisis no mayor a seis (6) meses.
  • Constancia expedida por el asociado donde certifique que voluntariamente presenta a COOTRAPELDAR los requisitos exigidos.
  • El auxilio de enfermedades terminales  se otorga una (1) sola vez cada dos (2) años a partir del desembolso de su último auxilio.

 

 

Uno de los principios fundamentales de la Cooperativa es la solidaridad, por esta razón, para acceder a estos beneficios el asociado debe cumplir con los siguientes requisitos:

 

Requisitos

El asociado deberá contar con un tiempo mínimo de vinculación de dos (2) años a COOTRAPELDAR al momento de realizar la solicitud.

  • Los únicos beneficiarios de los auxilios de solidaridad son los asociados de COOTRAPELDAR.
  • Todos los auxilios de solidaridad se abonarán a la cuenta de ahorros a la vista del asociado beneficiario, excepto el auxilio para el plan de previsión exequial el cual se pagará directamente al convenio con la empresa prestadora del servicio.
  • El asociado debe encontrarse al día en el pago de todas de sus obligaciones tanto estatutarias como crediticias con COOTRAPELDAR al momento de radicar el auxilio. 
  • El asociado debe contar con el curso básico de cooperativismo o de Formación en Económia Solidaria, de conformidad con los deberes de los asociados establecidos en el Estatuto.
  • El asociado debe haber realizado la actualizacion de datos mínimo dentro del año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud del auxilio de solidaridad.
  • Para la aprobación de los auxilios de enfermedades terminales y catastróficas COOTRAPELDAR evaluará la solicitud con el concepto de un médico profesional. 
  • El asociado que se haya acogido a la amnistía por mora en aportes y ahorros permanentes solo podrá solicitar auxilios de solidaridad después de seis (6) meses de haberse acogido a la amnistía, siempre y cuando el asociado haya dado estricto cumplimiento al pago de los aportes sociales y ahorros permanentes.

 

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